04 octubre 2010

SALTA ES UNA CIUDAD LIBRE DE HUMO DESDE HOY


Fuente: http://noticias.terra.com.ar/salta-es-una-ciudad-libre-de-humo-desde-hoy,b2867dacc496b210VgnVCM4000009bf154d0RCRD.html

La ordenanza "Salta ciudad libre de humo" comenzó a regir hoy en esa Capital, por lo que la comuna controlará el cumplimiento de la norma, que no permite que se fume en dependencias públicas del ámbito municipal, provincial ni nacional, informaron fuentes comunales.

En primera instancia, la ordenanza regirá en todas las oficinas públicas del ámbito nacional, provincial y municipal o sociedades del Estado o con participación mayoritaria, sean o no de atención al público, y en diciembre próximo se extenderá al sector privado.

La Ordenanza fue sancionada el 25 de agosto pasado por el Concejo Deliberante de la ciudad de Salta, y promulgada el 22 de septiembre, por el departamento ejecutivo del municipio, con el número 11.097.

Mediante una solicitud que elevó la Comisión de Coordinación de Control de Tabaco, se estudia la posibilidad de prorrogar, por un plazo menor a los 280 días, su aplicación.

Los primeros artículos determinan el carácter estricto de la ordenanza, y el objetivo principal es lograr regular el consumo del tabaco en los ambientes cerrados para establecer parámetros de resguardo la salud de los salteños.

La Secretaría Comercial y de Participación Ciudadana se encargará de aplicar las normas y el Tribunal Administrativo de Faltas determinará la metodología de sanción.

Una vez que la vigencia de la ordenanza se cumpla completamente, quedará prohibido fumar en todos los espacios de trabajo cerrados y de uso común con acceso público, tanto del sector público como del privado.

La regla dice que los patios, terrazas, balcones, veredas y demás espacios al aire libre, que posean los lugares cerrados de acceso al público, junto a los centros de salud mental y de detención penal, serán considerados como espacios donde excepcionalmente se permitirá el consumo de cigarrillos.

En el caso de que no se cumpla la norma, el responsable recibirá un apercibimiento la primera vez y, si la falta se reitera, deberá abonar una multa de 300 a 1.000 unidades tributarias (UT).

Para reforzar esta medida se desplegarán intensos operativos de control en quioscos y almacenes, y los comercios que vendan cigarrillos a menores de 18 años serán sancionados con multas de 200 a 1.000 UT, que se duplicarán en caso de reincidencia.

Paulatinamente, la Secretaría Comercial y Participación Ciudadana elaborará un Registro de Infractores a la Ordenanza de Espacios Libres de Humo.

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