07 julio 2010

Se viene la ley para un Chubut «100 % libre de humo de tabaco»


Fuente: http://www.elchubut.com.ar/despliegue-noticias.php?idnoticia=134150

EL PROYECTO SERA PRESENTADO EN POCOS DIAS EN LA LEGISLATURA POR LA JUSTICIALISTA ROSA MUÑOZ / Un rígido proyecto de ley será presentado en los próximos días en la Legislatura y al igual que varios municipios, pretende que se declare a Chubut «Provincia libre de humo de tabaco», prohibiendo fumar en todo tipo de dependencias, públicas y privadas, y estableciendo sanciones a los infractores, con un importante programa de prevención y atención en las áreas de salud y educación.
De acuerdo al anteproyecto que aún está en estudio pero la diputada Rosa Muñoz pretende presentar antes del receso, queda prohibido en toda la provincia «fumar o mantener encendidos cigarrillos, tabaco, u otros productos hechos con tabaco en el interior de edificios públicos dependientes de los tres poderes, y organismos descentralizados».
También se prohíbe fumar en «vehículos de la Administración Pública, dependencias de edificios públicos o privados en donde regular o eventualmente pueda concurrir la población. Medios de transporte público de todo tipo y distancia, y todo ambiente en el caso de presencia de menores de edad y mujeres embarazadas».
Según el proyecto, quedan exceptuados de la prohibición de fumar «patios, terrazas, balcones y espacios abiertos. Esta excepción no alcanza a los lugares sanitarios y establecimientos educativos públicos o privados. Institutos penales y penitenciarios. Casinos y salas de juego de azar. Salas de fiesta cuando sean usadas para acontecimientos de carácter privado».
Además, se prohíbe «la venta de productos del tabaco a las personas menores de edad. La oferta, publicidad o venta de productos del tabaco en lugares o formas diferentes a lo prescripto en la reglamentación».
APLICACION
La iniciativa dispone que la autoridad de aplicación será la Secretaría de Salud, que «debe efectuar campañas de concientización y en especial en los ámbitos educativos primarios y secundarios», y se deben hacer campañas de difusión en los medios sobre actividades antitabaco.
También se dispone que haya programas de asistencia gratuitos para personas adictas, y se invierta en promoción de investigaciones y estudios, y en capacitación de los profesionales de salud y educación.
Además, la autoridad de aplicación debe gestionar la creación de una línea telefónica gratuita para que la ciudadanía pueda realizar las denuncias en los casos de incumplimiento de la ley, y se establece que las obras sociales y seguros de salud deben incorporar y promocionar la cobertura del tratamiento del tabaquismo.

INFRACCIONES
Para este proyecto, «se considera infractor a la persona que fuma o mantiene encendido los productos de tabaco en ambientes cerrados y al responsable del establecimiento público o privado en el que se cometiere la infracción», quienes serán sancionados «previo sumario que asegure el derecho de defensa» con una multa económica.
En caso de incurrir en posteriores incumplimientos, el proyecto prevé que se incremente la multa un 50 % por vez, y si se cometen más de tres infracciones se sancionará con la clausura por 30 días.
El proyecto dispone finalmente que cuando el infractor fuera funcionario público, «la infracción será considerada como incumplimiento de sus obligaciones y habilita a la superioridad a ejercer la competencia disciplinaria correspondiente».