27 mayo 2011

Un solo cigarrillo tiene 4.800 sustancias tóxicas



Fuente: http://www.larepublica.pe/archive/all/larepublica/20110526/27/node/353792/todos/13


Alerta. También está comprobado que la nicotina es más adictiva que la heroína y la cocaína. Especialista del hospital Valdizán pide tener cuidado con apariencia inofensiva del tabaco.

Claudia Malpartida.

Antes de fumar un cigarrillo, piénselo dos veces. Pues si no lo sabía, la nicotina que contiene es entre seis y ocho veces más adictiva que el alcohol y genera más dependencia que las llamadas ‘drogas duras’, como la heroína y la cocaína.

Así lo expresó la psiquiatra Marita Lázaro, especialista del hospital Hermilio Valdizán, quien también advirtió que un aparentemente inofensivo cigarrillo contiene más de 4.800 sustancias tóxicas, como acetona, amoniaco,arsénico, cianuro, entre muchas más, que pueden llevarlo a la muerte. Precisamente, se dice que para el 2030 será el tabaquismo la principal causa de muerte y discapacidad en el mundo, así como el responsable de más de 10 millones de víctimas mortales al año.

Mientras tanto, en el Perú ya existen 4 millones y medio de personas dependientes al tabaco. La edad más frecuente de consumo es entre los 30 y 49 años.

“Los adolescentes y las personas con trastornos mentales están más propensos a generar adicción, la cual está también relacionada a los factores genéticos (60%) y el medio ambiente (40%)”, agregó la especialista.

En el mundo, se estima que 5,4 millones de muertes anuales están relacionadas al consumo de la nicotina, además, se dice que al año se consumen 5.827 billones de cigarros, según cifras de la Organización Mundial de la Salud.

Actualmente, muchas personas minimizan el poder adictivo de la nicotina; sin embargo, se debe tener en cuenta que el tabaco abre el consumo a otras sustancias como el alcohol y, posteriormente, la cocaína, la heroína, entre otros.

la clave

alarmante. 10 mil peruanos mueren al año por culpa del tabaco. Su consumo es la causa de 50 tipos de enfermedades cardiovasculares y diversos tipos de cáncer (la mayoría pulmonar).

17 mayo 2011

ANMAT prohíbe la comercialización y uso de cigarrillo electrónico en todo el territorio nacional


Fuente: http://www.msal.gov.ar/htm/site_tabaco/noticia.asp?IDNoticia=291

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), que depende del Ministerio de Salud de la Nación, prohibió la comercialización y la utilización del cigarrillo electrónico en el país, por considerar “que no existe evidencia suficiente para concluir que sean una ayuda eficaz para dejar de fumar” y tampoco hay “pruebas suficientes que determinen que son seguros para el consumo humano".

Mediante la disposición 3226/11 publicada el 9 de mayo de 2011 en el Boletín Oficial, la ANMAT informa "Prohíbese la importación, distribución, comercialización y la publicidad o cualquier modalidad de promoción en todo el territorio nacional del sistema electrónico de administración de nicotina denominado Cigarrillo Electrónico". Esta disposición comienza a regir al día siguiente de su publicación. Haga clic acá para ver la disposición. Cabe recordar que en julio de 2010, el organismo ya había recomendado a la población no utilizar los cigarrillos electrónicos, en base a la información disponible hasta entonces.

Esta disposición surge de la evidencia científica actual que muestra que estos productos poseen cantidades variables de nicotina, droga sumamente tóxica y con fuertes propiedades adictivas. Por otra parte, no existe evidencia científica que indique que estos productos sirven para dejar de fumar (se piensa que hasta podrían retrasar el proceso), ni se ha demostrado la inocuidad de los mismos.

Los denominados cigarrillos electrónicos son dispositivos de forma similar al cigarrillo convencional, provistos de un mecanismo microelectrónico “que pavoriza cartuchos que pueden contener cantidades variables de nicotina, aceites esenciales de tabaco, sustancias aromatizantes, propilenglicol, glicerol y otras sustancias”.

El Grupo de Estudio de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre la Reglamentación de los Productos de Tabaco sostiene que “no se ha establecido la seguridad y el grado de absorción de la nicotina a través de estos productos”. Un informe de este Grupo de Estudio destaca que los cigarrillos electrónicos podrían perpetuar la conducta de fumar por lo que se los ha denominado de “doble uso". Por un lado, mantiene la dependencia de la nicotina en los ambientes donde fumar está prohibido, siendo una de las consecuencias positivas de las restricciones de fumar la desnormalización del consumo de tabaco de productos y el consiguiente aumento en la deshabituación. Por otra parte, puede desalentar a la gente que quiere dejar de fumar, ya que los usuarios pueden mantener su adicción a la nicotina a pesar de las restricciones de fumar y volver a fumar, donde tales restricciones están ausentes. El informe consigna también que la Food and Drug Administration (FDA) de los Estados Unidos, encontró en los dispositivos electrónicos ingredientes cancerígenos (como las nitrosaminas) y otros químicos tóxicos peligrosos para la salud, como el etilenglicol, utilizado como anticongelante para los coches. La agencia estadounidense había manifestado en julio de 2009 que “hasta la fecha no se sabe exactamente qué concentración de nicotina y otros tóxicos inhalan las personas que fuman cigarrillos electrónicos y tampoco existen estudios clínicos sobre los efectos de estos dispositivos sobre la salud de los fumadores y no fumadores expuestos”, por lo que desaconsejó su uso.

Haga clic acá para mayor información sobre el cigarrillo electrónico: http://www.msal.gov.ar/htm/site_tabaco/cigarrillo-electronico.asp

El Ministerio de Salud, en contra del uso del cigarrillo electrónico


Fuente: http://datachaco.com/noticia.php?numero=44448

El director de Enfermedades Crónicas No Transmisibles, Darío Gómez, señaló que el producto no es inocuo ya que libera continuamente nicotina sin la regulación que exigen los tratamientos de deshabituación. En ese marco, destacó la importancia del proyecto de ley “Libre de Humo” de autoría del gobernador.

El Ministerio de Salud adhiere a la resolución 3226/11 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), por la cual se prohíbe la comercialización y uso en el país del cigarrillo electrónico.

“Es un elemento que libera continuamente nicotina sin la regulación que exigen los tratamientos de deshabituación, por ende no es inocuo”, explicó el director de Enfermedades Crónicas No Transmisibles, Darío Gómez.

El funcionario explicó además que el tabaquismo es responsable de casi el 80 por ciento de las enfermedades pulmonares crónicas con una disminución significativa de la calidad de vida. “No solo produce cáncer de pulmón, sino que aumenta la posibilidad de tener osteoporosis y disminuye de calcio en los huesos”, acotó.

En esa línea, apoyó la prohibición de la ANMAT de un producto que “no es inocuo y que no se sabe que otros efectos puede generar en la salud”. Cabe señalar que el organismo nacional prohibió el uso del producto, debido a que "no existen pruebas suficientes que determinen que son seguros para el consumo humano".

Así, se argumentó que los mismos contienen "cantidades variables de nicotina, droga sumamente tóxica y con fuertes propiedades adictivas". En ese sentido, se aclaró que si bien los productos se comercializaron como medios auxiliares para dejar de fumar, no hay datos científicos que otorguen validez a esa aseveración.

PROYECTO DE LEY
“CHACO, LIBRE DE HUMO”

Por otra parte, el funcionario se refirió al proyecto de Ley “Libre de Humo” de autoría del gobernador Capitanich. Dicha iniciativa, que se encuentra en tratamiento en la Comisión de Salud de la Legislatura, establece la prohibición de fumar en ambientes cerrados y la aplicación de multas a quienes no cumplan.

Queremos que Chaco sea una provincia libre de humo y para ello estamos trabajando”, indicó Gómez y señalando que el proyecto presentado por Capitanich es una modificación de la Ley 3515 de “Preservación del aire puro”. Las modificaciones contribuyen a reducir la contaminación del aire puro, ya que se agregan medidas más contundentes de restricción y sanción.

Las mismas estarán dirigidas no solo a los individuos que consuman cigarrillos en lugares prohibidos, sino también a aquellos que se dedican a la venta de estos productos de manera irrestricta y que contribuyen a contaminar el ambiente y por ende el deterioro de la salud de las personas”, explicó.

Darío Gómeez apoyó la prohibición de la ANMAT argumentando que el cigarrillo electrónico es un producto que “no es inocuo y que no se sabe que otros efectos puede generar en la salud”.

04 mayo 2011

Desde el 1º de mayoRige la prohibición de fumar en lugares públicos y privados de Río Gallegos


Fuente: http://www.laopinionaustral.com.ar/diario.asp?Modo=Noticia&NId=32852&A=2011&M=5&D=4

Los riogalleguenses ya deben cumplir con lo estipulado por la Ordenanza Nº 7172/2010. Las tareas de concientización persiguen la erradicación de la costumbre de fumar en espacios cerrados de acceso público y privado. La jefa del Comité Antitabaco, Mirta Castro, destacó la adhesión de muchos vecinos incluso antes del 1º de mayo.

La jefa del Comité Antitabaco del Hospital Regional, doctora Mirta Castro, destacó la gran aceptación que tuvo durante sus primeros días de vigencia la Ordenanza Nº 7172/2010, que prohíbe el consumo de tabaco en lugares públicos y privados.
En diálogo con el programa radial ‘De regreso’ emitido por LU 12 Radio Río Gallegos, Castro se mostró satisfecha y destacó que algunos comercios ya habían adherido a la norma mucho antes del 1º de mayo. “Esto nos da la pauta de que en un futuro vamos a progresar en materia de aceptación”, auguró.
La profesional destacó que “la norma es muy estricta y garantiza espacios cerrados cien por ciento libres de humo, ya que no contempla la creación de un lugar especial para el fumador dentro de un edificio, sino que erradica de raíz la posibilidad de consumir tabaco en lugares públicos y privados”.
En referencia a la repercusión que se prevé tendrá la legislación en los próximos días, la profesional comentó que “todo dependerá del grado de concientización. Desde el comité colaboraremos con lo esté a nuestro alcance en materia de difusión para lograr el objetivo previsto, y esperamos que la aceptación vaya en crecimiento”.
Consultada sobre el grado de responsabilidad por parte de propietarios de comercios en el cumplimiento de la norma, la jefa del Comité Antitabaco comentó: “En estos meses se podrá valorar cómo será la ejecución de la ordenanza, esperamos que de a poco se vaya modificando esta modalidad de fumar en cualquier lugar. Sabemos que llevará un proceso y un tiempo, sobre todo en los locales nocturnos, así que determinamos que la primera sanción será sólo un llamado de atención, de manera de ir concientizando en forma paulatina”.
Posteriormente, mencionó que hace más de cinco años que el comité canalizó sus esfuerzos para que se promulgara dicha ordenanza. “Por eso, conjuntamente con la sede local de la Liga Argentina de Lucha contra el Cáncer, colaboramos con todo lo que requirió el concejal Antonio Aguila al momento de elevar el proyecto para la prohibición de consumo de tabaco en lugares públicos y privados”.
A pocos días de la implementación de la ordenanza, la doctora Castro aseguró que se trata de un instrumento que beneficia tanto al fumador como al no fumador, “ya que incentivamos al consumidor de tabaco a dejar ese hábito, al tiempo que garantizamos un espacio cien por ciento libre de humo a los que no fuman”.
Sobre este tema, la profesional agregó que “la prohibición de fumar significa un respeto al no fumador y simultáneamente evita los daños colaterales que un adicto sufre al fumar en un ámbito cerrado, ya que aspirará menor cantidad de toxinas”.
Posteriormente, aseguró que la ordenanza tiene el objetivo de cuidar la salud de toda la gente que concurre a un lugar público o privado. “Para que las personas acaten lo estipulado, definimos sanciones pensando principalmente en aquellos que minimizan los daños del humo de tabaco y por ende, lo dispuesto. La idea es que llevemos adelante esto en forma masiva y todos nos rijamos con la misma reglamentación”.

02 mayo 2011

Rio Gallegos; Desde ayer rige la prohibición de fumar en lugares cerrados con acceso público


Fuente: La Opinion Austral

En toda la ciudad de Rio Gallegos - Provincia de Santa Cruz

Desde ayer rige la prohibición de fumar en lugares cerrados con acceso público

Restaurantes, bares, casas de juegos, boliches bailables y comercios en general no podrán permitir el consumo de cigarrillos en sus locales. La ordenanza que comenzó a funcionar a principios de año, desde ayer, 1 de mayo, rige plenamente y prevé duras multas en caso de incumplimiento.
Desde inicios del año comenzó a funcionar la Ordenanza 7172/10, que establece la prohibición de fumar en espacios cerrados públicos y privados con acceso público. En ese sentido, desde ayer 1 de mayo la prohibición quedó taxativa y de cumplimiento efectivo, por lo que aquellos comercios y locales que no cumplan con la ordenanza serán pasibles de severas multas.
Alberto Lozano, secretario de Desarrollo Comunitario, evaluó a La Opinión Austral como “positiva” la recepción de la gente a la norma, aunque sostuvo que “se debe trabajar mucho en concientización”, sostuvo.
Reconoció que hubo algunas dificultades que, los comerciantes fundamentalmente, debieron afrontar, que tienen que ver “por ahí con alguna reticencia que alguna persona pone cuando se le plantea que no puede fumar dentro del local”.
Reconoció que “vamos camino a poder afirmar que Río Gallegos es una ciudad libre de humo, trabajamos para ello y hay que apostar fuertemente a la concientización para que sea un logro de todos”, señaló.

La norma
La Municipalidad de Río Gallegos puso en aplicación efectiva la ordenanza que fue propiciada con el objetivo de combatir el consumo del tabaco y regular los aspectos relativos a su comercialización y publicidad en todo el ámbito municipal.
Desde ayer rige la prohibición de fumar en todos los espacios cerrados privados de acceso público. Es decir, no se podrá fumar en restoranes, bares, confiterías, ciber, casinos, sala de juegos, supermercados o paseos de compras, salas de espectáculos (teatros, cines, auditorios), salas de fiesta de uso público, cabinas telefónicas, cajeros automáticos, trasportes públicos, instituciones deportivas, gimnasios, etc.
Cabe señalar que esta medida ya rige para los sectores públicos, es decir, oficinas pertenecientes a entes municipales, provinciales y nacionales, donde además se prohíbe su comercialización y publicidad. Además, la prohibición es absoluta en los establecimientos de salud y de educación de toda la ciudad.
En cuanto a su comercialización, hay que destacar que está prohibida la venta a menores de 18 años, sea para consumo propio o no, sin excepción. También está prohibida la venta de productos de consumo infantil (golosinas) que por su denominación, formato o envase constituyan una inducción a generar el hábito de fumar.
A los efectos de un adecuado cumplimiento de la ordenanza, ya se conformó el Comité Interdisciplinario, integrado por profesionales del Ministerio de Asuntos Sociales, del Colegio Médico, del área de Salud del Municipio y del Concejo Deliberante. Este comité tiene a su cargo el cumplimiento de los objetivos de la ordenanza, para la cual ya idea un programa anual de actividades, es decir, acciones permanentes de educación a la comunidad tales como campañas en establecimientos educativos, difusión a través de los medios de comunicación, acciones de promoción, capacitación a profesionales de la salud, charlas y talleres, etc.
Otro punto importante de la legislación es el rol que cumplirán, en materia de prevención y tratamiento, los centros de salud y dispensarios municipales, ya que deberán incorporar y cubrir la asistencia y tratamiento del tabaquismo, para lo cual deberán brindar planes específicos para brindar tales prestaciones.
En cuanto a las sanciones, a quienes consuman tabaco en lugares no permitidos serán pasibles de un apercibimiento, en tanto, el titular o responsable del establecimiento que no haga cumplir la prohibición será sancionado con una multa de entre diez mil y quince mil módulos, es decir, entre 670 y 1005 pesos. Para quien venda o provea cualquier producto derivado del tabaco a menores de 18 años, la infracción va entre los cinco mil y 25 mil módulos, es decir, entre 335 y 1675 pesos, teniendo en cuenta que el módulo tiene un valor de 0.067 pesos.
Río Gallegos
| Lunes 2 de Mayo de 2011