En la sesión ordinaria nº 26 quedó aprobada la ordenanza que declara a San Martín de los Andes “Ciudad Libre de Humo del Tabaco”, que tiene por objeto la regulación de los aspectos relativos al consumo, comercialización y publicidad del tabaco en todo el ejido municipal a los fines de la prevención y asistencia de la salud publica de sus habitantes.
Uno de los proyectos que fue parte del debate, fue el que el Ejecutivo envió a través de la intendencia, que contemplaba restricciones importantes con respecto al consumo de tabaco en espacios cerrados, destacaba reglamentación sobre el tema de publicidad y hacía énfasis en el control que se debe establecer en los lugares públicos.
En la norma aprobada, se declara sustancias nocivas para la salud de las personas a los productos y subproductos destinados a fumar y/o consumir de cualquier otra manera elaborados con tabaco y se define al acto de FUMAR como el estar en posesión o control de un producto de tabaco encendido, independientemente de si la persona esta inhalando o exhalando humo. Y PROHIBE fumar en todos los espacios cerrados de acceso público, municipales o privados y que posean habilitación comercial municipal.
La misma consta de distintos capítulos donde se menciona la obligación por parte de los establecimientos de informar la prohibición de fumar a través de cartelería, refiere que la autoridad de aplicación de la ordenanza será la Dirección de Bromatología Municipal, y que se deberá implementar una línea telefónica directa y gratuita para efectuar denuncias, y/o recibir información sobre los programas de prevención, asistencia y orientación sobre los lugares de atención del tabaquismo dentro del ejido municipal.
En cuanto a las excepciones se menciona que se permite el consumo en aquellos establecimientos que posean espacios al aire libre (patios, terrazas, balcones, entre otras); en las salas de fiestas cuando estas sean utilizadas en eventos de carácter privado y en los clubes para fumadores de tabaco y las tabaquerías con áreas especiales para degustación.
Los ediles destacaron que uno de los beneficios de esta norma es la posibilidad de su fácil aplicación a través de los organismos de control, mientras que comprometió al Cuerpo Legislativo y a los profesionales de la salud a trabajar en la prevención desde el nivel primario en las escuelas.
Asimismo se informó desde el legislativo local que la sesión fue presenciada por los alumnos del Colegio San Pablo junto a sus profesores y profesionales de la salud comprometidos en la causa y celebraron con un fuerte aplauso la aprobación por unanimidad de la norma.
Uno de los proyectos que fue parte del debate, fue el que el Ejecutivo envió a través de la intendencia, que contemplaba restricciones importantes con respecto al consumo de tabaco en espacios cerrados, destacaba reglamentación sobre el tema de publicidad y hacía énfasis en el control que se debe establecer en los lugares públicos.
En la norma aprobada, se declara sustancias nocivas para la salud de las personas a los productos y subproductos destinados a fumar y/o consumir de cualquier otra manera elaborados con tabaco y se define al acto de FUMAR como el estar en posesión o control de un producto de tabaco encendido, independientemente de si la persona esta inhalando o exhalando humo. Y PROHIBE fumar en todos los espacios cerrados de acceso público, municipales o privados y que posean habilitación comercial municipal.
La misma consta de distintos capítulos donde se menciona la obligación por parte de los establecimientos de informar la prohibición de fumar a través de cartelería, refiere que la autoridad de aplicación de la ordenanza será la Dirección de Bromatología Municipal, y que se deberá implementar una línea telefónica directa y gratuita para efectuar denuncias, y/o recibir información sobre los programas de prevención, asistencia y orientación sobre los lugares de atención del tabaquismo dentro del ejido municipal.
En cuanto a las excepciones se menciona que se permite el consumo en aquellos establecimientos que posean espacios al aire libre (patios, terrazas, balcones, entre otras); en las salas de fiestas cuando estas sean utilizadas en eventos de carácter privado y en los clubes para fumadores de tabaco y las tabaquerías con áreas especiales para degustación.
Los ediles destacaron que uno de los beneficios de esta norma es la posibilidad de su fácil aplicación a través de los organismos de control, mientras que comprometió al Cuerpo Legislativo y a los profesionales de la salud a trabajar en la prevención desde el nivel primario en las escuelas.
Asimismo se informó desde el legislativo local que la sesión fue presenciada por los alumnos del Colegio San Pablo junto a sus profesores y profesionales de la salud comprometidos en la causa y celebraron con un fuerte aplauso la aprobación por unanimidad de la norma.
1 comentario:
Es una ciudad hermosa, que bien que está prohibido fumar, yo creo que los e-cigs son mejores por mucho.
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Trabajo en IQOS México.
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