01 agosto 2010
Trelew, ya no se podra fumar en lugares publicos
Fuente: http://www.diariojornada.com.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=41140:gustavo1&catid=52:politica&Itemid=73&viewDate=2010-08-01%2003:00:55
Trelew cien por ciento libre de humo entra en vigencia desde hoy, por lo tanto en todos los espacios cerrados tanto públicos como privados de acceso público no se podrá fumar. En tal sentido el secretario de Gobierno de la Municipalidad de Trelew, Eduardo Maza, fue muy claro al remarcar que “en espacios cerrados no se podrá fumar absolutamente en ningún lado, salvo casas de familia o en alguna fiesta familiar privada”.
Previa a la jornada de aplicación de la ordenanza sancionada por unanimidad el pasado 21 de abril, el funcionario comunicó de manera detallada los pasos para que Trelew se transforme un una localidad libre de humo, y en ese sentido indicó que “se trabajó mucho tiempo para definir el perfil de ordenanza que mas se quería, y se concluyó que era bueno trabajar en una ordenanza para una ciudad cien por ciento libre de humo”.
Del mismo modo también recordó que “se pronunció el Concejo Deliberante después de muchísimas reuniones en tal sentido, y en este tiempo hemos trabajado en darle difusión, en hacerla conocer, en concientizar a la gente en respetar los lineamientos y las pautas de esta ordenanza, porque no está en nuestro ánimo ser represores”.
Puntualmente, sobre los espacios en los que no se podrá fumar, Maza informó que “en espacios cerrados no se podrá fumar absolutamente en ningún lado”, aclarando “salvo en casas de familia o en alguna fiesta familiar privada”, y si bien remarcó que “nuestro deseo sería que no fumaran, ahí no tenemos jurisdicción ni competencia”.
Con respecto a las expectativas en cuanto al cumplimiento de esta legislación que fue muy polémica, el funcionario municipal sostuvo que “el deseo es que se cumpla, hemos cumplido con todos los plazos que requiere una norma de carácter general, instalar el tema, debatirlo con todos los sectores, nadie quedó afuera. Se invitó a toda la gente a debatir, se sancionó, se promulgó, y se realizó la etapa de difusión antes de empezar a aplicarla”, destacando nuevamente que “hemos cumplido con todos los pasos como para tener la expectativa de que esta firme apuesta a la salud en la ciudad de Trelew, y es esto lo que tienen que entender los vecinos que se pueden sentir molestos por esto, va a ser de comprensión y acompañamiento de los vecinos”.
Los controles
Continuando, el secretario Maza comentó que si bien no se van a incrementar, por el momento, el número de inspectores que trabajan en la órbita municipal, “en una primera etapa vamos a contar con el acompañamiento y colaboración de los inspectores del área que van a estar cobrando horas extras por las labores”. Por su parte, la coordinadora de Inspección Municipal, Fabiana Salvo, hizo saber que se está trabajando en turnos de mañana, tarde y noche, por lo que hay inspectores trabajando durante todo el día para dar cumplimiento a esta y otras ordenanzas.
Trabajo previo
La responsable del área de Inspección municipal sostuvo que desde hace dos meses se está trabajando para dar cumplimiento a la nueva legislación, al decir que “nosotros comenzamos hace dos meses y notificamos sobre la aplicación de esta ordenanza”. Agregando que “creemos que hay más de 3 mil comercios notificados y muchísimos más en lo que hace a oficinas públicas”, solicitando que “si hay espacios a los que no hemos llegado, les pedimos que puedan acercarse a las oficinas para retirar la folletería”.
La sanción
Fue en abril pasado cuando los ediles aprobaron la Ordenanza 11.312 que prohíbe el humo del tabaco, haciendo necesario que durante dos meses la ciudad tenga que adecuarse para proteger a los no fumadores, dejando muy pocos espacios para que los fumadores puedan continuar con su vicio.
Fue así que respaldándose con el artículo Nº 41 de la Constitución Nacional y el 109 de la Constitución de la Provincia del Chubut, como también con lo que establece la misma Carta Orgánica Municipal, se trabajó primeramente desde el municipio y luego junto a los ediles del bloque Justicialista en la ordenanza que finalmente se aprobó por unanimidad, donde se recalca que es “nocivo para la salud de las personas en toda la ciudad de Trelew el humo ambiental de tabaco” y por lo tanto esto conlleva a la “prohibición de fumar en todo lugar cerrado de acceso público, tanto del ámbito público como privado”.
Dónde no se puede
Desde hoy se prohíbe fumar “en todos los lugares de trabajo y ambientes cerrados del ámbito público, incluyendo todos los edificios del poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y los establecimientos educativos y de salud ubicados en el ejido de la ciudad de Trelew”, como también “en todos los lugares de trabajo y ambientes cerrados privados con acceso al público y en los servicios de transporte público, taxis, remises y demás medios de transporte. Dicha prohibición comprende tanto al propietario del local o del transporte, como a sus empleados y del público que ingresa a los mismos”.
Tampoco se podrá fumar en los “bancos, centros culturales, salas de lectura, salas de exposición, bibliotecas y museos, estaciones de servicios, supermercados, y autoservicios, terminales de transporte aéreo y terrestre, gimnasios y recintos deportivos cerrados, clubes deportivos y sociales”; y también está prohibido fumar en los “hoteles y demás establecimientos de alojamiento, predios feriales, oficinas y locales destinados a la atención directa al público, kioscos, rotiserías, heladerías y demás establecimientos que elaboren, transformen o vendan alimentos”, y “en restaurantes, comedores, cantinas, pizzerías, centros de compras y galerías comerciales, bares, cafeterías, confiterías, salas y salones de fiesta, boites y cabarets, confiterías nocturnas y pubs con espectáculos y establecimientos similares, locales de baile y salas de juego”.
En esta ordenanza se recalca que se infraccionarán a los propietarios o responsables de los espacios en los que está prohibido fumar que no disponga de lo necesario para cumplir esta nueva legislación, en el artículo Nº 14 se establece que: “El propietario, encargado, gerente, responsable o persona que administre un lugar comprendido dentro de los definidos como ambiente libre de humo de tabaco deberá retirar del alcance del público ceniceros y demás elementos relacionados con el hábito de fumar”, y continuando, en el artículo siguiente se recalca que “el incumplimiento o cumplimiento defectuoso de las obligaciones enumeradas en los artículos 13º y 14º harán pasible al propietario, o responsable fiscal del establecimiento de una multa que se graduará según lo establecido en el anexo I que forma parte integrante de la presente ordenanza”.
Asimismo, para los “fumadores que violen la prohibición de fumar en los espacios indicados o en sus lugares de trabajo, ya sea fumando o manteniendo cigarrillos encendidos, deberán abonar una multa”.
Dónde sí se puede
En el artículo Nº 5 se “exceptúan de la prohibición establecida… los patios, terrazas, balcones y demás espacios al aire libre de los lugares cerrados de acceso al público”, también los “centros de salud mental y centros de detención de naturaleza penal o contravencional”. También se puede fumar en “salas de fiesta, cuando estas sean utilizadas para eventos de carácter privado”.
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