15 junio 2011

Desde hoy no se puede fumar en partidos de fútbol, recitales ni terminales de ómnibus


Fuente: Cronista.com. Buenos Aires

Entra en vigencia la reglamentación que limita la presencia de tabaco tanto en lugares públicos como privados, con el objetivo de lograr que la Argentina sea 100% libre de humo. Quienes no cumplan la norma recibirán multas equivalentes al valor de entre 250 y 1.000 paquetes de cigarrillos.

¿Soportarán los hinchas más fanáticos matar los nervios de un partido de fútbol sin un cigarrillo entre sus dedos? ¿Se acostumbrarán los habitués de los recitales no disfrutar de su tema favorito sin echar mano a un atado? ¿Podrán los más ansiosos aguardar la espera de un tren o colectivo sin tragar y exhalar humo?
En caso de que la respuesta para esos interrogantes sea negativa, no habrá más opción que tomar coraje, acostumbrarse y buscar otra variante para afrontar esos momentos.
Los hábitos de muchos ya se habían modificado cuando comenzaron a correr las primeras prohibiciones para fumar en lugares cerrados, pero ahora la reglas serán mucho más estrictas.
Hoy entrará en vigencia en todo el país la medida anunciada el lunes pasado por la presidenta Cristina Kirchner, que prohibe fumar en lugares cerrados y de acceso público.
La idea es transformar al país en 100% libre de humo.
Ayer se publicó en el Boletín Oficial el decreto 757, que pone en marcha uno de los principales objetivos de la ley 26.687, que regula la publicidad, promoción y consumo de productos elaborados con tabaco, sancionada el 1º de junio pasado por el Congreso.
De este modo, quedará totalmente prohibido fumar, incluso, en eventos como recitales o eventos deportivos, e incluso terminales de micros, lugares en los que hoy es muy común observar la presencia de cigarrillos. Tampoco estará permitido fumar en oficinas, centros de enseñanza, hospitales, medios de transporte, museos, bibliotecas y espacios culturales.
Será todo un cambio, sin dudas, pero así quedará establecido en la nueva reglamentación.
Lo que quedará por resolver, en tanto, será la reglamentación de la legislación, que la deberá resolver y anunciar el Poder Ejecutivo en un lapso de 180 días que corren desde ayer.
La segunda etapa de esta iniciativa, la que más golpea a las empresas tabacaleras, comenzará a correr dentro de seis meses, por lo que el año bisagra será 2012.
A partir de ese momento, las compañías del sector tendrán totalmente prohibida la publicidad de sus productos en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación.
Al mismo tiempo, también estarán imposibilitadas de auspiciar actividades o eventos públicos.
El tercer y último paso que contempla la nueva ley se dará sólo dentro de un año.
La reglamentación obligará a las tabacaleras a incluir en los paquetes de cigarrillos una imagen y mensaje sanitario que describa los efectos nocivos que genera el consumo del tabaco. Esta medida imitará la que se impuso en países como Brasil, donde las ilustraciones que acompañan a los atados son, en ese sentido, muy elocuentes.
La ley establece que quienes no cumplan con lo pautado podrán ser sancionados con una multa equivalente al valor de entre 250 y 1.000 paquetes de cigarrillos de 20 unidades, de los de mayor precio comercial en el mercado.
En caso de que se de una reincidencia por parte de algún fumador, esa penalización crecerá hasta los 2.500 paquetes.
Según datos divulgados por las asociaciones anti-tabaco, unas 110 personas mueren por día en la Argentina por enfermedades relacionadas con el cigarrillo, en tanto que se estima que en el país fuma más del 33% de la población de entre 18 y 64 años.

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